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Requisitos


No todas las parejas que deciden divorciarse pueden beneficiarse de nuestros servicios, los requisitos para que podamos tramitar su procedimiento de divorcio, son los siguientes:


1º. Debe de haber transcurrido un plazo mínimo de 3 meses desde que se contrajo el matrimonio.


2º. Ambos cónyuges tienen que estar de acuerdo en la solicitud del divorcio. Dicha solicitud debe efectuarse de forma conjunta, o por uno solo de los cónyuges con el consentimiento del otro, quien deberá prestar su conformidad en el acto judicial de ratificación del Convenio Regulador.


3º. Los cónyuges deben alcanzar un acuerdo en determinados puntos, en relación a los efectos básicos de todo Divorcio. Sin ánimo de ser exhaustivo, los puntos básicos que deben ser acordados por las partes, son los siguientes:


a) En el caso de existan hijos comunes del matrimonio menores de edad, los cónyuges deben decidir el régimen de la guardia y custodia de éstos, y en su caso, el régimen de visitas del otro progenitor y la pensión de alimentos que éste aportará para su manutención. En relación a los hijos comunes que hayan alcanzado recientemente la mayoría de edad, también hay que alcanzar un acuerdo en determinadas circunstancias, y en función de los casos.


b) En su caso, establecer una pensión compensatoria para el cónyuge que resulte gravemente perjudicado.


c) Atribución del uso de la vivienda conyugal.


d) Liquidación del régimen económico matrimonial.

Tlf.: 91 110 08 97

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